miércoles, 6 de marzo de 2013

Reforma laboral



MATERIA
REFORMA
Intermediación Empleo
Autorización a las E.T.T para actuar como agentes de colocación
Formación
Permiso retribuido 20 h/año-cuenta formación trabajador – futuro cheque formación.
Contrato Formación
Edad máxima 30 años – posibilidad de formación interna en la empresa.
Contratación Indefinida
Nuevo contrato Indefinido de apoyo a los emprendedores: Contrato para pymes (-50 trabajadores) y autónomos. Contrato Indefinido < 30 años. Periodo de prueba de 1 año.  Deducciones fiscales de 3000 € y del 50% de la prestación pendiente de pago. El trabajador además podrá seguir cobrando un 25% desempleo.
Bonificaciones
Jóvenes < 30 años: 3.600 € en tres años.
Mayores de 45 desempleados 12 meses: 3.900 € en tres años.
Transformaciones contratos prácticas, relevo y sustitución: 1.500 € en tres años
Encadenamiento Contratos
Se recupera la prohibición  a partir del 31 de diciembre.
Contrato a tiempo parcial
Impulso de este contrato. Posibilidad de hacer horas extras.
Teletrabajo
Nueva regulación.
Modificación contratos
-Eliminación Autorización Administrativa para ERE de reducción o suspensión del contrato.
-Recuperación bonificaciones para empresas y restablecimiento de prestaciones por desempleo para los trabajadores afectados por estos ERE.
-Favorecimiento de la modificación de jornadas, horarios y sistemas de rendimientos.
Despido por causas objetivas
Se elimina la Autorización Administrativa en los ERE colectivos.
Se establecen como criterio temporal de pérdidas o de disminución de ingresos – ventas:   tres trimestres consecutivos.
Se autoriza al Sector Público a utilizar estas fórmulas de despido.
El FOGASA solo cubrirá indemnizaciones de despidos en Pymes.
Obligación en despidos colectivos de > 50 trabajadores de planes de recolocación con un mínimo de seis meses.
Despido contrato indefinido
Se generaliza en 33 días de indemnización por año con tope de 24 mensualidades, para los nuevos contratos.
En los contratos ya vigentes esta regla solo se aplicará para el tiempo generado desde la entrada en vigor de la reforma, aplicándose al tiempo generado antes de la reforma la regla de los 45 días por año con tope de 42 mensualidades.
Los salarios de tramitación sólo se abonarán en caso de re-admisión.
Lucha contra el fraude
Se reforzará el control del cobro de prestaciones por desempleo
Los desempleados podrán realizar servicios de interés general para la comunidad.
Absentismo
El término de comparación no será la media de la plantilla sino el individual
Se reformará la intervención de las Mutuas sobre la incapacidad temporal
Negociación Colectiva
Prioridad del convenio de empresa: salarios, jornada, clasificación profesional
Se facilita el descuelgue del convenio en caso de dificultades.
Se pone fin a la ultractividad  sin límite de los convenios.
Indemnizaciones   Directivos Entidades de Crédito
Limitación de las mismas a un máximo de dos años retribución
No indemnización si media una expediente sancionador previo.
Indemnizaciones Directivos Sector Público Estatal
Limitación a un máximo de 7 días por año con un límite de seis mensualidades.


Sergio Montoya Martin

No hay comentarios:

Publicar un comentario